Por Johanna Houdelet
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02 nov, 2023
Comienza tu proyecto como Autónomo. Sistema RETA (Régimen Específico de Trabajadores Autónomos) Nada nos emociona más que poder acompañarte en tu proyecto desde los inicios. Ya hemos estado en este punto, es donde también nuestro proyecto comenzó (detrás de cada empresa hay un autónomo) y sabemos lo bonito, pero a veces lo frustrante que pueden ser los inicios. Uno pode toda la ilusión en dar forma a esas ideas y convertirse en su propio jefe, y si eso no ya da de por sí suficiente respeto, encima hay que lidiar con mil y una burocracias. Pero para eso nos tienes a nosotros. Permítenos que te quitemos esa carga pesada de trámites, que ademas desde el desconocimiento muchas veces nos lleva a dudar, y en el peor de los casos cometer errores, que luego nos cuestan caros de arreglar. Por ello convertimos todas las gestiones en nuestra prioridad, para que tu puedas dedicarte a lo que verdaderamente importa: a construir tu sueño y comenzar con tu negocio. ¿Cuánto tarda la gestión de darse de alta como autónom@? Somos Punto Pae, eso significa que electrónicamente te daremos de alta tanto en la agencia tributaria como en la seguridad social. (Si aún no dispones de NUSS (Número de Seguridad Social) te lo podemos solicitar). Para darte de alta te enviaremos un formulario muy sencillo y hablaremos contigo para que nos cuentes cuál es tu plan y tu objetivo, y así adecuar las gestiones necesarias. Y con ello, siempre dependiendo de la rapidez de las administraciones, en solo un día hacemos la solicitud y al cabo de 1-5 días obtenemos la respuesta de la alta. ¿Qué necesito definir de mi proyecto para darme de alta? Hay factores que son determinantes a la hora de inscribirte como autónom@ y esos son principalmente: ¿A qué te vas a dedicar? : Tenemos que definir ciertos códigos establecidos de actividades disponibles. Puede ser una actividad o varias relacionadas normalmente. Es muy importante definir exactamente a qué te vas a dedicar. ¿Dònde vas a realizar tu actividad?: Hay opciones y siempre puedes modificarlo posteriormente, pero para comenzar necesitamos saber donde vas a realizar la actividad de tu negocio: en tu casa, en una oficina, servicio a domicilio, en varias provincias, etc. Estos serán aspectos que tienes que tener claro para comenzar. ¿Cuándo vas a comenzar con tu actividad? El ejercicio fiscal se divide en 4 trimestres, entonces no sería muy lógico comenzar a un día de finalizar un trimestre pero por lo demás, tienes que tener claro desde qué momento vas a funcionar definitivamente para comenzar a tener ingresos y gastos. ¿Vas a contratar a alguien? Si, como autónom@ puedes contratar a empleados. De nuevo un aspecto que puedes modificar más adelante, pero si ya lo tienes claro, mejor todo de una que muchas gestiones por separado. Y ahora la pregunta que más nos interesa y preocupa: ¿Cuánto voy a pagar como autónom@? Aquí hay varias cuestiones. 1.- Seguridad Social. Desde 2023 los pagos de las cuotas a la Seguridad Social se han visto modificadas. Existe una tarifa plana durante el primer año, en el que, como nuevo autónom@, pagarás 80€ al mes, incluso pudiendo alargar a otro año más la cuota fija siempre y cuando no hayas podido aumentar tus ingresos facturando más del salario mínimo. Desde el segundo año, si las cosas van como deberían, las cuotas van según tramos de ingresos netos. Puedes comprobar tu tramo AQUI: tramos de cuotas seguridad social (esto siempre te va a indicar las cuotas mínimas, puedes elegir pagar más). 2.- Impuestos: Este es un tema si bien sencillo, también amplio, pues cada autónomo es un mundo y dependiendo de su actividad y a quien factura y demás cuestiones puede que tenga más o menos que pagar. Imposible generalizar. IVA: hablando en generales, en el caso de que las facturas que emita supongan la aplicación de IVA, se tendrá que pagar el importe resultante de restar el IVA de las facturas recibidas al IVA de las facturas que emite. Ej: Eva ha emitido 3 facturas en el primer trimestre cada una de 1000€ de base imponible. En total tiene un IVA del 21%que suman 630€ a pagar. (Total de las facturas son 3.630,00€) Tiene varias facturas que ha recibido de compras relacionadas con su actividad que le suponen un total de 1000€ de base imponible con un IVA del 21% = 210€. Total facturas recibidas : 1.210,00€ Por tanto el IVA que le saldrá a pagar será de 630€ - 210€ = 420€ IRPF: si facturas más del 70% de tus ingresos a un único destinatario, no tendrás que realizar los pagos a cuenta del IRPF. Si emites facturas a varios destinatarios o al consumidores finales, tendrás que pagar el 20% de tus rendimientos netos como adelanto a tu cuenta para la declaración de la renta. Es ahí donde se determinará cuánto tienes que pagar y si hacienda te devuelve por los ingresos que ya hiciste o si tienes que pagar un poco más. Lo interesante es ver como se determinan tus rendimientos netos y es ahí, donde una buena asesoría te ayuda a ahorrar dinero. A veces tenemos muchos gastos que ni siquiera sabemos que podemos deducir. Y si tenemos muchos ingresos y pocos gastos, implica pagar mucho. Luego nos extrañamos que dónde se queda nuestro dinero. Permítenos asesorarte para que no pagues demás, para crecer y avanzar. Existen más detalles como recargos de equivalencia, operadores extracomunitarios, módulos, etc pero ya dependen de las circunstancias individuales de cada autónom@. ¿Cuándo se pagan los impuestos? El año se divide en 4 trimestres. Enero, febrero y marzo: 1er trimestre del año. Los impuestos se pueden pagar desde el día 1 hasta el día 20 o 30 de abril (según si es IRPF o IVA) Abril, mayo y junio: 2º trimestre. Los impuestos se pueden pagar desde el día 1 hasta el 20 de julio Julio, agosto y septiembre: 3er trimestre. Pago de impuestos desde el día 1 hasta el 20 de octubre Octubre, noviembre y diciembre: 4º trimestre: pago de impuestos desde el día 1 hasta el día 30 de enero. Cuando los pagos se domicilian, se adelanta la fecha de presentación de impuestos al día 15. Preguntas varias. ¿Y si quiero darme de baja? Si no vas a continuar tu proyecto como autónom@, será mejor darte de baja cuanto antes. Aun así es una decisión que debes meditar bien dado que si te das de baja, pierdes la opción de aplicar a la tarifa plana de la seguridad social y si al cabo de poco tiempo te quieres volver a dar de alta, tendrás que pagar cuotas por tramos sin el beneficio inicial. ¿Y si no he podido pagar la cuota de la seguridad social? Estos casos pasan y son un fastidio puesto que si la seguridad social no puede cobrar la cuota el último día laboral del mes, esto supondrá recargos del 20% pero no sobre la cuota de la tarifa plana, sino sobre la cuota según tramos. Entonces pagarás la cuota correspondiente más el 20% sobre esa cuota. Necesito darme de alta como autónom@ para ser administrador@ de una empresa. ¿El procedimiento es el mismo? Si, es el mismo procedimiento. La diferencia está en las cuotas de la seguridad social, puesto que siempre vas a tributar al menos por el mínimo. Parece que se presupone que si hay una empresa que administrar, también hay un sueldo mínimo...eso no siempre es la realidad, pero es lo que hay. Hablemos sobre tu caso específico. Contáctanos, cuéntanos de tu proyecto, permítenos acompañarte en tu camino inicial y estaremos a tu lado siempre para aconsejarte, para gestionar los trámites burocráticos y para apoyarte en tu proyecto que nos ilusiona tanto como a tí mismo. Escríbenos a acint@acint.es o concertemos una reunión, escribiéndonos por whatsapp al 638 54 18 19